pare.jpgEste pasado fin de semana han entrado en vigor los tests de saliva con los que Tráfico pretende detectar a los conductores que hayan consumido alguna droga al ponerse al volante. El test no tiene suficiente fiabilidad, y sus resultados son solo ‘orientativos’. Así, si un conductor da positivo en consumo, habrá de someterse a un análisis de sangre ‘in situ’, para determinar con certeza si el consumo se ha producido en las últimas horas. Este análisis será realizado en el momento, por un médico y un ATS presentes en el control. De igual forma, se podrá requerir la presencia de un fiscal.

La intención es loable, nadie en su sano juicio puede estar a favor de la conducción bajo los efectos de sustancias tóxicas, pero ¿es este un método justo y equitativo?. Claramente no.

Con el cannabis se produce -de nuevo- un agravio respecto al consumo, por ejemplo, de alcohol. Si en el caso de este último existe una cantidad mínima de principio activo en sangre permisible, con el cannabis ese baremo simplemente no existe, es decir, que basta con dar positivo para que el conductor se enfrente a la perdida de seis puntos en su carnet, y una multa de 600 euros como mínimo, cuando no a penas de prisión. Y, atención, el positivo pude darse incluso habiendo transcurrido quince horas desde el consumo (!!!).

Lo terrible es que una vez más queda al libre albedrío del funcionario de turno la aplicación de la ley. Una vez más la indefinición legal va a permitir que se extralimten con los consumidores de cannabis. Una vez más seremos los que paguemos los platos rotos de una política errática y basada únicamente en la represión.

Como ejemplo flagrante, el caso de este joven que fue sometido a la prueba y dio positivo en cannabis. Reconoció haber fumado un porro DIEZ HORAS antes de ponerse al volante, pero no fue sino hasta la realización del molesto análisis de sangre, y tras media hora de espera, que los agentes le permitieron continuar su camino. Y son curiosamente los sanitarios los que, observando si el indivíduo está en condiciones de conducir (¿y eso cómo lo miden?), deciden someterle al análisis.

Como decimos, la medida nos parece acertada en su concepción, pero demasiado indefinida en su aplicación. Y bien sabemos los cannabicos lo que ocurre cuando los funcionarios policiales nos aplican normas según su criterio.

Actualización: Los compañeros de Amigos de María han escrito un pormenorizado post explicativo sobre el asunto, de lectura más que recomendable.

Esta entrada se colgó el Lunes, Octubre 29th, 2007 at 20:28 y está archivada en Noticias. Suscríbete a los comentarios RSS 2.0 feed. Puedes dejar un comentario, o enlazar desde tu web.